La D.O. Terra Alta cierra 2021 con modificaciones en su pliego de condiciones
30-diciembre-2021
La Denominación de Origen Terra Alta arrancará en 2022 con novedades en cuanto a su pliego de condiciones, una herramienta fundamental para el buen funcionamiento de la DO. Y es que el Consejo Regulador acaba de aprobar una serie de modificaciones de su reglamento con la voluntad de adaptarse a las nuevas necesidades del mercado y, principalmente, de los viticultores, viticultoras y bodegas que la conforman.
Entre las principales modificaciones se encuentra la de incluir al pliego la tipología de vino blanco por excelencia de la DO Terra Alta: Terra Alta Garnatxa Blanca. De este modo, se busca proteger y regular aquellos vinos blancos elaborados 100% con garnatxa blanca. Y para que así sea, la DO ha establecido una serie de parámetros que tendrán que cumplir estos vinos para ser considerados dentro de esta nueva categoría:
Edad de las viñas. La edad mínima de las viñas para que un vino sea considerado Terra Alta Garnatxa Blanca tendrá que ser de 8 años, puesto que se considera que es a partir del octavo año que la planta ya ha desarrollado su sistema radicular, momento a partir del cual la calidad de su fruto es superior. Además, será necesario que pasen 5 años a partir de que la uva tenga aptitud DO Terra Alta para poder elaborar este vino de categoría superior. Rendimiento de las viñas. El rendimiento por hectárea de las viñas que opten a esta calificación tendrá que ser un 15% inferior al que consta en el reglamento de la DO o, cuando sea pertinente, al aprobado en el plenario del Consejo Regulador. Rendimiento de extracción de prensa. A la hora de extraer el mosto para la obtención del vino Terra Alta Garnatxa Blanca, el rendimiento máximo de prensa será de 65 litros por cada 100 kilogramos de uva. Tiempo mínimo de embotellamiento. A la hora de comercializar los vinos bajo esta tipología, estos tendrán que tener un tiempo mínimo de elaboración y reposo en botella antes de salir al mercado. Así, se establece el día 1 de febrero como fecha mínima de salida al mercado de estos vinos. Control organoléptico. Los vinos Terra Alta Garnatxa Blanca tendrán que tener una calidad alta. Así, se exigirá una puntuación igual o superior a 87 puntos sobre 100 por parte de los catadores que conformen el comité de cata de la DO. Control fisicoquímico: Grado alcohólico: entre 12,5% y 15% vol. Acidez: igual o superior a 4 g/l de ácido tartárico Acidez volátil: inferior a 0,6 g/l de ácido acético Azúcares totales: igual o inferior a 2 g/l de G+F
Así mismo, en relación con esta nueva categoría, el Consejo Regulador ha aprobado también la inclusión en el pliego del distintivo de garantía creado específicamente para estos vinos y en uso desde hace años a pesar de no estar recogido hasta ahora a la normativa: Terra Alta Garnatxa Blanca 100×100.
Nuevas tipologías y elaboraciones de vino Entre las actualizaciones que se harán en el pliego de condiciones hay también la incorporación de tipologías de vino y elaboraciones que actualmente no aparecen. Así, a partir de ahora, el reglamento incorporará también como categoría de producto los vinos brisados, una elaboración típica en la zona y que se está recuperando con fuerza en los últimos años. De este modo, la DO Terra Alta será la primera denominación de origen al incorporar esta tipología de vino en su pliego, garantizando así su origen y su trazabilidad, y favoreciendo unas elaboraciones más elegantes, con menos extracción de color, más acidez y menos graduación alcohólica.
Dentro de la categoría de vinos de licor, la DO incorporará también el denominado ‘vino naturalmente dulce’, unos vinos procedentes de racimos sobremadurados o pasificados, y sin ninguna adición de alcohol.
En cuanto a las elaboraciones, se incorporan también los vinos de guarda que, hasta ahora, no tenían una regulación específica y que, siendo una elaboración de vinos con cierta crianza en barrica sin tener que pasar por botella, no se incluían dentro de las menciones de crianza, reserva o gran reserva. Ahora, los vinos tintos que se quieran incluir dentro de esta categoría de vinos de guarda tendrán que pasar un proceso de envejecimiento de una duración mínima de 12 meses en barricas de madera de roble. Finalizado este tiempo, el vino se embotellará y podrá ser ya comercializado.
Control de la trazabilidad Entre las modificaciones más importantes del pliego de condiciones ha sido la del control de la trazabilidad del producto. En pro de la calidad de los vinos amparados bajo la Denominación de Origen Terra Alta, y en un paso más en la lucha contra el fraude, el Consejo Regulador ha acordado trabajar en la aprobación de una serie de parámetros que garanticen que el embotellamiento de los vinos con DO Terra Alta se realizará en las bodegas inscritas y situados en la zona de producción que ampara la DO. De este modo, el Consejo Regulador busca tener un control más grande de la trazabilidad del producto para evitar irregularidades y el uso fraudulento del producto con sello de calidad DO Terra Alta.
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